martes, 14 de diciembre de 2021

Una casa con vistas a las fotovoltaicas

Por Daniel Touset y Teresa Bartrina

Debemos exigir que estas plantas se adecuen a un espacio razonable; debemos exigir que haya un retorno directo para los municipios y que se puedan instalar servicios y actividades que generen empleo, no que lo erradiquen; debemos defender la biodiversidad tan rica que poseemos y, sobre todo, el desarrollo y el futuro de Guadalajara no pasa por seguir siendo la despensa y el basurero de Madrid. ¿O es que acaso queremos vender una provincia con vistas a una fotovoltaica?


Desde hace más de 50 años, Madrid ha ido nutriéndose de la provincia de Guadalajara a base de recursos naturales y energéticos. Ejemplo de ello es el aprovechamiento del agua del Sorbe y otros pantanos, de las centrales nucleares y un largo etcétera. Ahora son los megaproyectos de plantas fotovoltaicas que ocuparán amplias zonas de Guadalajara para abastecer Madrid.

Ya conocemos el proyecto de Cifuentes/Trillo que abarcará más de 1.000 hectáreas. Y a éste se suman planes similares en la zona de la Campiña, con previsión de que ocupen una superficie todavía mayor que, sin duda, distarán en amplitud sobre las plantas ya presentes en cualquier parte de la provincia. Estamos hablando de tan solo de dos proyectos de instalación, que juntos generarían electricidad para cerca de medio millón de personas, una cifra que dobla a la población que vive en nuestra provincia. A estos proyectos sin duda seguirán otros, los pasos ya se están dando.

A la vista está que las empresas promotoras de energía fotovoltaica están realizando precontratos con los agricultores de la zona. Así, estas promotoras se aseguran los terrenos para poder ubicar las megaplantas fotovoltaicas en caso de que éstas superen todos los trámites administrativos, incluyendo un informe ambiental y alegaciones públicas. Si consiguen las autorizaciones, el paisaje de nuestra provincia se transformará drásticamente.

Los extensos campos de cultivos podrán ser sustituidos por una sucesión de huertos solares vallados perimetralmente. El último ejemplo de esto es el megaproyecto de más de 800 hectáreas que se quiere construir en los términos municipales de Cubillo de Uceda, Casa de Uceda, Villaseca de Uceda y Viñuelas. El informe ambiental y técnico de este megaproyecto se acaba de presentar para alegaciones públicas con el objetivo de poder completar la solicitud de Autorización Administrativa Previa y Aprobación del proyecto.

A este megaproyecto en La Campiña hay que añadir los planes en Mesones y El Casar, que pueden hacer que tengamos más de 1.300 hectáreas continuadas de megaplantas fotovoltaicas.

Todos estos términos municipales son territorios golosos para la nueva burbuja, la de los huertos solares, que sustituye a la anterior. Sin duda, hay que apoyar la energía solar como alternativa a los combustibles fósiles. De hecho, en toda Guadalajara se han instalado plantas fotovoltaicas de tamaño medio que ayudan a la descarbonización del planeta. Es más, tenemos ejemplos diversos en Fontanar, Sigüenza, Sayaton, El Casar…

Nuestro territorio todavía tiene capacidad de acogida para nuevos proyectos de mediana-pequeña envergadura, pero ¿podemos realmente acoger grandes proyectos fotovoltaicos?, ¿qué puede suponer para la ciudadanía y para nuestro territorio que además del proyecto de Cifuentes-Trillo ahora se quieran instalar más de 1.300 hectáreas de paneles fotovoltaicos en la comarca de la Campiña?, ¿Cuántos megaproyectos nos esperan?

Las nuevas plantas solares que vienen son megaproyectos para suministrar electricidad a Madrid y para ser rentables necesitan abarcar mucho terreno.

Debido a que estas extensiones se encuentran valladas, las megaplantas provocan una gran fragmentación del territorio y la desaparición de extensos terrenos utilizados tradicionalmente para la agricultura de secano y para la ganadería extensiva. Durante el tiempo que duren los contratos de alquiler de terrenos a las eléctricas (aproximadamente 25-30 años), una gran parte del territorio quedará en desuso para las actividades primarias y también para actividades tradicionales en el mundo rural como puede ser la caza.

Es obvio el impacto que las megaplantas van a tener en nuestro paisaje y medio natural. Nuestra provincia tiene una gran biodiversidad sustentada en la combinación de bosques autóctonos (encina, quejigo, enebro) con áreas abiertas de barbechos y cultivos de cereal que han propiciado la gran riqueza en rapaces y aves de la que gozamos actualmente en nuestro territorio.

La desaparición de los extensos cultivos de secano conlleva la desaparición de las aves esteparias y asimismo la desaparición de terrenos de campeo y alimentación para las rapaces.

Por todo ello, cabe preguntarse si las megaplantas en realidad acaban con las formas de vida del mundo rural, en lugar de impulsar su desarrollo. ¿Estas megaplantas dan puestos de trabajo? No, tan sólo se crean puestos de trabajo durante las obras de construcción y desmantelamiento. Cada hectárea que se deja de cultivar o se deja de explotar para la ganadería extensiva se traduce en la desaparición de puestos de trabajo vinculados con el modo de vida rural, y solo dan rendimiento económico a quienes son dueños del terreno.

Esta rentabilidad no permea al entorno rural ni dinamiza la economía de nuestros pueblos. ¿Cómo puede compensar tener amplios territorios vallados sin la posibilidad de ser arrendados ni cultivados?, ¿cómo puede compensar la desaparición de terrenos para la ganadería extensiva o para la caza, por ejemplo?, ¿cómo puede compensar la desaparición de la fauna y avifauna que ahora disfrutamos y protegemos? Sin duda, el impacto socioeconómico y ambiental no será compensado por el posible beneficio que puedan generar estas plantas.

Por otro lado, debemos plantear un desarrollo ordenado para la provincia, que tenga en cuenta el impacto en términos socioeconómicos y ecológicos y que repercuta en el bienestar de la ciudadanía.

Debemos exigir que estas plantas se adecuen a un espacio razonable; debemos exigir que haya un retorno directo para los municipios y que se puedan instalar servicios y actividades que generen empleo, no que lo erradiquen; debemos defender la biodiversidad tan rica que poseemos y, sobre todo, el desarrollo y el futuro de Guadalajara no pasa por seguir siendo la despensa y el basurero de Madrid. ¿O es que acaso queremos vender una provincia con vistas a una fotovoltaica?


Teresa Bartrina es Licenciada en Geología por la Universidad Complutense y presidenta de la asociación La Campiña Verde

Daniel Touset López es diputado provincial por Unidas Podemos Izquierda Unida

miércoles, 3 de noviembre de 2021

YA ESTÁ EN EL EDITOR LA GUÍA DE LAS SENDAS

Esta guía es fruto del trabajo, entusiasmo y dedicación de un grupo de personas amantes de la Naturaleza que han aportado su tiempo y sus conocimientos del medio natural con la ilusión de dar a conocer la rica biodiversidad de nuestro término municipal de El Casar y Mesones. 


La guía del Patrimonio Natural de El Casar se enmarca en un proyecto divulgativo, sin pretender que se pueda considerar como un inventario exhaustivo de especies.

Nuestro especial agradecimiento a todo el equipo de La Campiña Verde por su trabajo, al Ayuntamiento de El Casar, concejalía de Urbanismo y Ordenación del Territorio por su apoyo al proyecto, a SEO Birdlife (avifauna) y a la Asociación ZERYNTHIA (mariposas) por su asesoramiento.

Gracias a todos los que han hecho posible esta Guía del Patrimonio Natural de El Casar.

LA CAMPIÑA VERDE

lunes, 25 de octubre de 2021

¿Cómo afectan los volcanes al cambio climático?

INTRODUCCIÓN

El 19 de septiembre de 2021 entró en erupción el volcán de Cumbre Vieja en la isla canaria de La Palma. Los volcanes expulsan al exterior materiales incandescentes y gases nocivos.

Cada año se producen una media de 70 erupciones volcánicas, además de los 20 volcanes en estado de actividad permanente en todo el mundo.

Durante las erupciones volcánicas, se proyectan a la atmósfera grandes cantidades de cenizas y gases como el dióxido de azufre. Estas partículas dispersadas en la atmósfera actúan como espejos que reflejan la radiación solar, disminuyendo la energía total que llega a la superficie terrestre. Este proceso puede causar una bajada de temperaturas a nivel global.


Existen casos documentados como el de la erupción del volcán Pinatubo en 1991, que provocó una caída de 0´6 ºC en las temperaturas del hemisferio norte durante los dos años siguientes. Estos registros nos ayudan a entender el delicado equilibrio del clima de la Tierra.

¿Los volcanes son los culpables del cambio climático?

Los volcanes no son los culpables de la crisis climática. Esta cuestión la podemos resolver mediante las siguientes cuestiones:

  • Erupciones, gases tóxicos
  • ¿Contamina el CO2 de los volcanes?: Las actividades del ser humano en el planeta liberan alrededor de 35.000 millones de toneladas de dióxido de carbono (CO2) al año, mientras que los volcanes emiten menos de 1% de esa cantidad.
  • ¿Son responsables de la lluvia ácida?: Liberan dióxido de azufre y otros óxidos, pero es la actividad humana la responsable de la mayor parte de estas emisiones.
  • ¿Contribuyen al calentamiento global?: No solo no contribuyen a aumentar la temperatura sino que algunas sustancias liberadas por los volcanes podrían contribuir a enfriar el planeta.
  • ¿Expulsan gases tóxicos?: Los volcanes expulsan ácido clorhídrico, bromo, mercurio, magnesio y arsénico, además del CO2 y del dióxido de azufre. Pero sus efectos quedan restringidos a un radio de 10 kilómetros.
  • ¿La culpa es de la humanidad?: Como podéis observar con todas la explicaciones anteriores, queda demostrado que la culpa es de la humanidad.

¿Las lluvias y el cambio climático pueden aumentar el riesgo de erupciones volcánicas?

Durante 35 años, el volcán hawaiano Kilauea estuvo expulsando lava de forma continuada. Los flujos estaban controlados por las autoridades, pero el 3 de mayo de 2018 sorprendió al mundo con su traca final, donde los penachos de magma, lanzados a más de 69 metros de altura, junto con las corrientes incandescentes, devastaron nuevas zonas de la isla. Cuatro meses después, el volcán cayó y no ha vuelto a despertar. Según los expertos, ese súbito capricho final de Kilauea fue una inesperada consecuencia del cambio climático.

Los vulcanólogos Falk Amelung y Jamie Farquharson, de la Universidad de Miami (EE.UU.), estudiaron la evolución temporal de las presiones en la estructura del volcán.

La acumulación de presión hincha el terreno antes de una erupción, pero esto no ocurrió en el Kilauea. Buscando explicaciones alternativas, los científicos dieron con un dato inesperado en los meses anteriores a la gran traca final. Hawái había recibido un volumen excepcional de lluvias.

En el primer trimestre del año 2018, sobre el volcán cayeron más de 2´25 metros de lluvia frente a los 0´9 metros de media en los 19 años anteriores. Esta enorme infiltración habría elevado la presión interna entre 1 y 3 kilómetros de profundidad. Esto fue lo que pudo provocar la ruptura de la roca y la expulsión de magma.

Pero esta correlación entre fuertes lluvias y erupciones volcánicas no ha convencido a todos los expertos, algunos ponen el foco en otro fenómeno también climático: la retirada de los glaciares.

Volcán Cumbre Vieja de La Palma

Como ya hemos mencionado al principio del artículo, el 19 de septiembre de 2021 entró en erupción el volcán de Cumbre Vieja en la isla canaria de La Palma.

Esta erupción no ha sido tan inesperada como uno puede pensar. El 11 de septiembre ya comenzaron unos seísmos que los científicos avisaban que podía ser magma bajo la superficie. Además, se descubrió que la isla se había abombado unos 10 o 15 centímetros, hecho que ya avisaba de la presencia de este magma.

Finalmente, este magma fue ascendiendo rompiendo rocas de la corteza terrestre, desarmando el terreno y liberando gases nocivos para la atmósfera. Lo más común es que este magma nunca llegue a alcanzar la superficie, pero en esta ocasión ha llegado arriba del todo, entrando en erupción.

Según el Instituto Geográfico Nacional, se han podido registrar hasta 7000 temblores de poca magnitud hasta la mañana del domingo 19 de septiembre, cuando el volcán entró en erupción.

Una de las cosas que más pueden llamar la atención es que hay más de una boca eruptiva. Esto se debe a que las erupciones en Canarias suelen ser fisurales, grietas que se rompen en distintos puntos y pueden emanar lava, gases y otros materiales.

Los gases que vemos saliendo de estas grietas o fisuras son en su mayor parte CO2, vapor de agua y un compuesto de cloro azufre y otros. Pero también expulsan cenizas, que no es otra cosa que fragmentos de magma. Estas cenizas son algo tóxicas, y en grandes cantidades pueden ser contaminantes para el agua.


Cuánto va a durar la erupción es una de las preguntas más importantes que se hacen los científicos, pero de las que no tenemos respuesta. Así que solo podemos basarnos en lo que ya ha ocurrido en el pasado, y es que históricamente las erupciones de la isla canaria de La Palma han durado entre 20 y 80 días.

Todo depende de la cantidad de magma que haya, y por ahora todavía no se sabe con exactitud cuál es la cantidad real. Cuando la cantidad de material que expulsa el volcán comience a bajar es cuando se podrán hacer estimaciones.

La última erupción que tuvo lugar en España fue hace 50 años, también en la isla canaria de La Palma, concretamente en el volcán Teneguía, a 12 kilómetros del volcán de Cumbre Vieja.

En aquella ocasión, la erupción tuvo lugar el 26 de octubre de 1971 y duró hasta el 18 de noviembre de ese mismo año. Es decir, duró 23 días, siendo una erupción volcánica más breve que la actual erupción volcánica de Cumbre Vieja.

Fuente: Ambientum, EFE VERDE,

La sequía afecta seriamente al sector primario

info@lineaverdemunicipal.com

Ni Filomena a primeros de año ni los recientes episodios tormentosos con la llegada del otoño han conseguido terminar con el episodio de sequía que sufre España: la ausencia de precipitaciones suficientes como para recargar los acuíferos afecta “de forma alarmante” al sector primario en algunas regiones, han explicado a Efe varias fuentes.

Así, el comunicador científico y meteorólogo José Miguel Viñas ha certificado que 2021 no ha resuelto hasta el momento los problemas de agua y ha lamentado que, si bien “no se puede hacer una predicción de lluvias a largo plazo”, las proyecciones climáticas apunten a “sequías más largas e intensas en el futuro”.

Respecto a la situación de las cuencas hidrológicas en España “en este momento es preocupante”, ya que registran un déficit, más acusado en las cuencas del Guadalquivir y el Guadiana, respecto a la media de los últimos diez años.

Un estudio científico publicado en la revista digital ‘Frontiers in Wazer’ por investigadores de la Universidad Ludwig-Maximilian de Munich (Alemania) indica que España, junto a Francia y las áreas de los Alpes y el Mediterráneo como “puntos calientes” de sequías en un futuro.

Panorama de la sequía

El panorama resulta especialmente gravoso para los trabajadores del campo en comunidades autónomas como Andalucía, donde “encaramos dos años de carencias hídricas significativas” y unas perspectivas que “para nada son positivas”, según el secretario regional de la Unión de Pequeños Agricultores (UPA), Cristóbal Cano, quien ha destacado que los datos facilitados por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir son “los peores en los últimos 25 años”.

Otra zona muy castigada en este sentido está siendo la Región de Murcia y, en este caso, las comarcas más afectadas hasta el momento son el Altiplano y el Noroeste, según la información en poder del secretario regional de UPA en esta comunidad autónoma, Antonio Moreno.

Frecuencia e intensidad de las precipitaciones

Una apreciación planteada tanto por Viñas como por Cano y Moreno es que la disminución en la frecuencia de las precipitaciones no ha impedido que éstas registren una intensidad más elevada respecto a años anteriores.

Esto se traduce en grandes tormentas que descargan decenas de litros en pocos minutos, lo que provoca un incremento de la escorrentía: esa es la causa de que gran cantidad de este agua no termine en las reservas y se escurra hacia el mar sin que se aproveche, ni para los acuíferos ni para los cultivos, lo que resulta perjudicial.

Fuente: EFE VERDE,

Artículo de referencia: https://www.efeverde.com/noticias/la-sequia-afecta-ya-de-forma-alarmante-al-sector-primario/,

La entrada La sequía afecta seriamente al sector primario se publicó primero en Ambientum Portal Lider Medioambiente.

EFE VERDE,

VISITA A LAS LAGUNAS TEMPORALES DE EL CASAR

Nos hacemos eco de esta noticia publicada por el Ayuntamiento de El Casar 


El pasado miércoles 20 de octubre, técnicos de la Fundación Global Nature junto a expertos en botánica relacionada con humedales y fauna silvestre, visitaron las lagunas temporales (navajos) del término municipal de El Casar y Mesones para evaluar de forma preliminar el estado de conservación y las características de cada una de ellas.

La visita se enmarca dentro de los estudios previstos en el anteproyecto que está realizando la Fundación Global Nature para el Ayuntamiento de El Casar con el objetivo de restaurar nuestras lagunas temporales. Esta iniciativa medio ambiental ha sido impulsada por la asociación La Campiña Verde, que trabaja por la conservación de la naturaleza y la puesta en valor del Patrimonio Natural, y el Ayuntamiento de El Casar.

Los expertos en botánica relacionada con humedales y fauna silvestre manifestaron el alto valor ecológico de nuestras lagunas temporales, humedales esteparios estacionales de gran interés medio ambiental para la Unión Europea.

A la visita asistieron la alcaldesa de El Casar, María José Valle Sagra, el concejal de Urbanismo y Ordenación del Territorio, Aurelio González, Teresa Bartrina, representante de La Campiña Verde, Beatriz Oliver, técnico de Global Nature, Santos Cirujano, experto en botánica y humedales del CSIC, Silvia Majo, técnico de la asociación Terra Naturalis y José Luis González, Doctor en Ciencias Biológicas, también de Terra Naturalis.

sábado, 7 de agosto de 2021

Los pueblos se convierten en laboratorios de innovación

La hora del optimismo rural.

Algo está cambiando en los pueblos. No son el problema. Nunca lo fueron. Los graves problemas del mundo contemporáneo han surgido del ámbito urbano, en muchas ocasiones por mirar hacia otro lado y olvidar muchos conocimientos tradicionales que habían permitido la supervivencia durante milenios. También "por dejar hacer" a pequeños caciques que sólo miran su beneficio.

Es el tiempo de los pueblos, de buscar alternativas y nuevas formas de ver el mundo usando mimbres distintos.


Un fenómeno que se refleja en la reciente atención mediática y en la inclusión del mundo rural en la agenda política, pero que deben ir mucho más allá, porque en este momento se da una confluencia de factores que abren una ventana de oportunidad para revertir el fenómeno de despoblación que ha sufrido el mundo rural durante el último siglo.

Hablar de emprendimiento rural ya no es un oximorón, si no una realidad que está dando sus frutos a través del apoyo a propuestas de personas interesadas en instalarse en el medio rural. Innovación apoyada en conocimiento tradicional, pero también en medidas públicas concretas que favorezcan este regreso al medio rural como vivienda social, incentivos fiscales o equiparación de los servicios públicos, superando la cultura de la subvención para instalarse en la de la inversión. 

Nuevos discursos innovadores construidos desde el mundo rural, que deben visibilizarse públicamente, generando nuevas dinámicas de creación de empleo y servicios que permitan que la vida en los pueblos sea una opción real a valorar.

La sociedad en su conjunto debe entender que no puede realizarse una transición ecológica que excluya al mundo rural. Si hemos de abandonar necesariamente la economía del usar y tirar, las nuevas oportunidades están en el campo, en la gestión de los montes y de los recursos naturales para que sean productivos, generando riqueza sostenible y empleo en la nueva economía circular.

Las iniciativas políticas y legislativas deben caminar de manera clara hacia el ciclo biológico de la economía circular como componente clave del Green Deal, incluyendo el monte, ese enorme porcentaje del territorio que hemos abandonado porque no era productivo en el actual modelo lineal y depredador, pero que es clave desde la perspectiva circular. También regulando la ganadería intensiva, ese problema de crear miles de toneladas de carnes para beneficio de dos o tres personas pero que deja en el pueblo los estragos de la contaminación por nitratos.

La clave está en el ciclo biológico de la economía circular, no se trata sólo de mantener los materiales en circulación el mayor tiempo posible a través de su reutilización o reciclaje, sino en sustituir materias primas finitas por renovables, y estas son biológicas y se producen en el ámbito rural. La agricultura ecológica será clave para generar resiliencia biológica al cambio climático y debe convertirse en un foco de atracción para la iniciativa empresarial, sin olvidar la importancia estratégica la soberanía alimentaria y la producción de alimentos kilómetro cero, porque la última crisis sanitaria debe hacer reflexionar sobre la debilidad de fiarlo todo al comercio global. Para el cuidado de estos ecosistemas será necesario conservar y valorar el conocimiento rural tradicional agrosilvopastoril extensivo que debe formar parte también de un nuevo pensamiento ecológico que debe también poner su foco en la agricultura, en la ganadería y en la gestión del monte de manera sostenible y alejada del enriquecimiento rápido y la subvención de la PAC. Lo rural y lo medioambiental deben caminar juntos indefectiblemente.

La transición ecológica y tecnológica, la economía circular, nuevas formas de entender el turismo de manera sostenible e integrada en la economía rural, nuevas maneras de entender la escuela rural y la calidad de vida, la responsabilidad social corporativa o la posibilidad real de trasladar iniciativas públicas y privadas al medio rural aportándole un valor añadido, forman parte de este nuevo escenario social, ambiental y económico.

Los pueblos se han convertido en laboratorios de innovación. Es tiempo para el optimismo rural.


JOSÉ AN. MONTERO

Periodista, geógrafo y director creativo. No siempre en este orden. Profesor de Didáctica del Medio Social y Cultural en la UCLM.

Publicado en: NUEVATRIBUNA.ES

miércoles, 4 de agosto de 2021

CONTAMINACIÓN POR NITRATOS

La  contaminación de aguas subterráneas naturales por nitratos es uno de los problemas que han surgido en los últimos años, en especial en ambas Castillas. 

Esta contaminación viene generada por el aumento de la concentración de dicha sustancia en el acuífero, pudiendo ser originada en parte por el mal uso de fertilizantes en el campo y a la inadecuada gestión de los residuos generados por las explotaciones ganaderas.


Al tratarse de un problema comunitario, la Unión Europea ha establecido una serie de normas que regulan la aplicación de fertilizantes nitrogenados y la gestión de residuos ganaderos.

Lamentablemente uno de los aspectos de esta normativa ha sido el establecimiento de un código de buenas prácticas en lugar de una serie de limitaciones y prohibiciones claras y concretas sobre el problema y el perjuicio que ocasionan estas actividades y la elaboración de programas de actuación para el control de las áreas afectadas por ésta contaminación denominada zonas vulnerables, donde se olvida el principio de "quien contamina paga y es obligado a cerrar la actividad".

Para paliar este problema, se hace necesario concienciar a agricultores, ganaderos, técnicos del sector, administración y ciudadanía en general, de la gravedad del mismo, y difundir las medidas establecidas para su control. Además el sistema de sanción debe ser rápido y contundente.

Las Ordenanzas Municipales de regulación del vertido de purines y otros residuos procedentes de origen ganadero, tienen como finalidad principal establecer las medidas necesarias para prevenir la contaminación medioambiental, salvaguardar la salud de los vecinos y velar por su calidad de vida, intentado evitar las molestias, incomodidades e insalubridades generadas por estos vertidos. La necesidad de proteger a todos los habitantes de los municipios, en cuanto a los ámbitos de la salubridad, higiene y condiciones medioambientales, vienen recogidos en la Constitución Española. En este sentido, los purines de las granjas de ganado porcino se revelan como los más perjudiciales y su vertido afecta a la calidad de vida de las personas y a su salud, al medio ambiente, al turismo, etcétera. De ahí que las Corporaciones Municipales, en el ejercicio de sus atribuciones, determinen regular diversos aspectos relacionados con dicho vertido en al articulado de las Ordenanzas. Todo ello dentro del marco normativo configurado por el Derecho Comunitario Europeo, los artículos 43 y 45 de la Constitución Española y la Normativa Sectorial tanto Autonómica como Estatal, en el ejercicio de las competencias conferidas por los artículos 25. 2 f) y 28 de la ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.


jueves, 22 de julio de 2021

Introducción a la educación ambiental

La educación ambiental

La problemática actual respecto a la contaminación y cambio climático ha hecho que el medio ambiente esté en boca de todos y ha aumentado la preocupación de los ciudadanos por las posibles consecuencias que tiene un tratamiento nocivo al medio que nos rodea.

Términos como Desarrollo Sostenible, (desarrollo presente que no comprometa las capacidades del futuro para satisfacer sus necesidades), están sonando continuamente en los medio de comunicación y los distintos gobiernos del mundo intentan establecer medidas para llevarlo a cabo.

Al ser un tema de actualidad y que nos concierne a todos, es importante que sea explicado y conseguir que llegue a toda la población, por ello se crean campañas de sensibilización y concienciación medioambiental. La educación es fundamental para conseguir los objetivos propuestos y por ello surge una disciplina que es la Educación Ambiental.

La Educación Ambiental es un proceso que dura toda la vida y que tiene como objetivo impartir conciencia ambiental, conocimiento ecológico, actitudes y valores hacia el medio ambiente para tomar un compromiso de acciones y responsabilidades que tengan por fin el uso racional de los recursos y poder lograr así un desarrollo adecuado y sostenible.

Los objetivos de este tipo de educación  vienen definidos por la UNESCO, y son los siguientes:

  • Toma de conciencia: concienciar a la gente de los problemas relacionados con el medio.
  • Conocimientos: ayudar a interesarse por el medio.
  • Actitudes: adquirir interés por el medio ambiente y voluntad para conservarlo.
  • Aptitudes: ayudar a adquirir aptitudes para resolver el problema.
  • Capacidad de evaluación: evaluar los programas de Educación Ambiental.
  • Participación: desarrollar el sentido de la responsabilidad para adoptar medidas adecuadas.

Los objetivos de la Educación Ambiental para niños son los siguientes:

  • Concienciar a los pequeños de los problemas ambientales y mostrarse sensibles ante ellos.
  • Fomentar interés en la participación y mejora del medio.
  • Desarrollar la capacidad de los pequeños de informarse acerca de cosas que no saben del medio que les rodea.
  • Ampliar los conocimientos del entorno próximo. Es responsabilidad tanto de los colegios como de los padres fomentar la educación de los niños ayudándoles a comprender el medio ambiente y realizando actividades relativas a la Energía, Paisaje, Aire, Agua y la Vida Silvestre.
La Educación Ambiental puede ser vista como una actividad divertida para los niños, procurando que adquieran conocimientos sobre su entorno y aprendan a respetarlo para que en un futuro sean capaces de gestionar de la mejor manera sus actividades para que éstas seanmenos perjudiciales para el medio ambiente.

En este manual se van a exponer diferentes actividades sencillas y baratas que los padres pueden realizar con los hijos para fomentarles un interés por el medio ambiente en su forma experimental. A su vez se explicarán algunos términos y curiosidades para quelos niños aprendan cosas nuevas sobre el medio que les rodea.




¿Qué podemos hacer para combatir la ola de calor?

 01. ¿Qué podemos hacer para combatir la ola de calor? Introducción

¿A qué llamamos ola de calor y cómo podemos evitar sus efectos? La ola de calor es un estado del clima de varios días de duración, que se caracteriza por temperaturas muy elevadas y un grado de humedad muy alto.

Este hecho se produce cuando un gran volumen de aire caliente se mantiene sobre una amplia superficie de la tierra durante un periodo de tiempo prolongado.

El golpe de calor es el cuadro más grave de los que se producen por el efecto del calor, siendo potencialmente muy perjudicial, ya que afecta a muchos órganos y los síntomas son fiebre, dolor de cabeza, somnolencia y piel caliente.

La Organización Meteorológica Mundial (OMM) informó el pasado 29 de junio que la ola de calor extremo que batió récords de temperatura dos veces en 48 horas en el noroeste de Estados Unidos y el oeste de Canadá se refleja en gran parte del hemisferio norte.

Las olas de calor son más frecuentes e intensas a medida que las concentraciones de gases de efecto invernadero provocan un aumento de las temperaturas globales. Comienzan antes y terminan más tarde y están cobrando un precio cada vez mayor en la salud humana y los sistemas sanitarios.

¿Cómo podemos sobrevivir a la ola de calor este verano? ¿Qué podemos hacer ante un calor asfixiante? Esas son las grandes preguntas que se hace la población mundial. En este artículo os dejamos varios consejos para que no os derritáis cuando se alcancen temperaturas de más de 40º C.


02. ¿Qué hacer durante la ola de calor? 

  • ¡Bebe agua!: La deshidratación es uno de los principales peligros que existen. No sustituyas el agua por bebidas o refrescos azucarados, bebidas alcohólicas o con cafeína. Con estas últimas, solo conseguirás el efecto contrario al que deseas, que es mantener el cuerpo hidratado el máximo tiempo posible.
  • ¡Hay que refrescarse!: Además de hidratarse mucho bebiendo agua, es muy recomendable refrescarse para combatir la sensación de calor. Debemos mojarnos principalmente la cara, la nuca y los brazos. Si disponemos de algún medio acuático a nuestro alrededor, ya sea el mar, un río o una piscina, nos servirá para refrescarnos mejor.
  • Cubrir nuestras cabezas: Es una opción muy recomendable cubrir nuestras cabezas con gorras, pañuelos o sombreros ante una ola de calor. Concretamente, deben hacerlo a menudo todas aquellas personas que sean calvas, dado que deben evitar quemarse la cabeza por todos los problemas que puede acarrear exponer sus cabezas sin las correspondientes medidas de protección para cubrirlas.
  • Comida sana y equilibrada: Las comidas sanas, ligeras y equilibradas son fundamentales durante una ola de calor. Las frutas, las verduras y las ensaladas son excelentes opciones que podemos elegir para nuestra dieta. Piensa que las comidas copiosas y con muchas calorías aumentan nuestra temperatura corporal y nos producirán mayor sensación de agobio.
  • Evita el sol de las horas punta: Trata de evitar, en la medida de lo posible, el calor extremo de las horas punta del día, comprendidas entre las 12:00 p.m. y las 16:00 p.m., buscando aquellas zonas en las que haya sombra, ya que en este intervalo de tiempo los termómetros alcanzan los picos más altos de temperatura durante el día.
  • Utiliza ropa de tejidos ligeros: La ropa es un elemento muy importante a tener en cuenta ante una ola de calor, evitando todas aquellas ropas que sean muy ceñidas, es mejor ir con ropa que sea holgada.
  • Utilizar crema de protección solar: Proteger nuestra piel del sol es primordial siempre que podamos, evitando así quemaduras corporales. Sin embargo, durante una ola de calor, cuando el calor se encuentra en su punto álgido, es imprescindible que utilicemos una crema con un factor alto para proteger mejor nuestra piel. Si nos exponemos al sol sin tomar las precauciones pertinentes, puede conllevar problemas graves de salud como el cáncer de piel o el envejecimiento prematuro. Es importante que no hagamos caso da falsas noticias que digan lo contrario, ya sea en Internet o en las redes sociales.
  • Utilizar las gafas de sol adecuadas: Debemos prestar una especial atención al cuidado de nuestros ojos, puesto que la exposición ocular a una luz solar brillante provoca un incremento de la incidencia de cataratas, degeneración macular e incluso pueden llegar a producirse tumores oculares. Usar gafas de sol de mala calidad no es una buena opción, ya que los ojos tienden a relajarse con los cristales oscuros, pero sin los filtros de protección adecuados los exponemos, en todo momento, a la radiación solar de forma directa.
  • ¡Ten mucho cuidado si haces deporte al aire libre!: Durante una ola de calor veraniega, es recomendable evitar el ejercicio físico en la calle, principalmente en las horas punta del día. Si no quieres perder la forma física en verano, las autoridades competentes recomiendan realizar ejercicio físico durante las primeras horas del día o cuando se vaya el sol. Otra opción sería ir a gimnasios o centros deportivos que dispongan de una climatización adecuada, evitando así exponernos a las altas temperaturas que imperan en el exterior.
  • Si trabajas al sol, debes extremar todas las precauciones posibles: En el ámbito laboral, algunos convenios colectivos recogen directrices que se deben llevar a cabo por parte de las empresas cuando se producen fenómenos atmosféricos como son las olas de calor.

Si no quieres sufrir los efectos de una ola de calor, es imprescindible que sigas todas estas recomendaciones.

Fuente: Ambientum, EFE VERDE,

Taller de NATURALEZA en Peñaranda de Duero



 ¡Taller de #NATURALEZA en #Peñaranda de Duero! 

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✅ Descubriendo las curiosidades de nuestra #flora y #fauna 🦌🌳, realizando #juegos de naturaleza y elaborando #huellas en arcilla de aves y mamíferos 🐾🦔🦊🐺🦅🦉

📆 Viernes 30 de julio.
⏰ 17:30 h-20:30 h
👫 Apto para todos los públicos.
🗺️ En el CRA Diego Marín;
Calle Arias de Miranda, 7, 09410 Peñaranda de Duero, Burgos 👉 https://g.co/kgs/yX2KfB

☑️ Actividad gratuita ofrecida por la Excma. Diputación Provincial de Burgos

INSCRIPCIÓN GRATUITA

lunes, 19 de julio de 2021

PROPUESTA DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CAMPIÑA VERDE

En Derecho societario recibe el nombre de estatutos aquella norma, acordada por l@s asociad@s o l@s fundador@s, que regula el funcionamiento de una asociación o una fundación. 

En general, es común a todo tipo de órganos colegiados, incluyendo entidades sin personalidad jurídica. Sus funciones fundamentales, entre otras, son las siguientes: 

• Regular el funcionamiento de la entidad frente a terceros (por ejemplo, normas para la toma de decisiones, representantes, etc.). 

• Regular los derechos y obligaciones de los miembros y las relaciones entre estos. En este caso, la norma tiene efectos fundamentalmente inter partes.

CAMPIÑA VERDE, tras su creación en 2010, ve necesario actualizarse y ponerse al día en el articulado de sus estatutos y, por tanto, abre un periodo de transición para la elaboración transversal, transparente y participativa de sus nuevos estatutos.

Desde la junta Directiva proponemos un texto de partida que podrá ser enmendado en parte o en su totalidad, en virtud a las aportaciones de sus asociad@s.


PROPUESTA DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CAMPIÑA VERDE

CAPITULO I: CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y ÁMBITO TERRITORIAL DE ACTUACIÓN

Artículo 1: Con la denominación de CAMPIÑA VERDE se constituye una asociación sin ánimo de lucro, de ámbito nacional y capacidad plena de obrar, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 22 de la Constitución, la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y demás disposiciones vigentes que regulen la materia. Se consolida como el desarrollo normalizado de  la Asociación creada en 2010.

Artículo 2: La Asociación se constituye por tiempo indefinido, y su ámbito territorial de actuación comprenderá principalmente todo el estado español.

Artículo 3: Esta Asociación tendrá su domicilio social en Calle del Río 47, 09410 Peñaranda de Duero (Burgos). La Junta Directiva, por acuerdo de la Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, podrá realizar el traslado del domicilio social, siempre y cuando éste se sitúe dentro del territorio perteneciente al Estado español.

Artículo 4: La Asociación podrá proceder a la apertura de otros locales en otras poblaciones y lugares del ámbito territorial de actuación del mismo.

CAPITULO II: OBJETIVOS Y ACTIVIDADES DE LA ASOCIACIÓN

Artículo 5: Los fines de la Asociación no serán de carácter lucrativo, teniendo como objetivos la realización y promoción de actividades de investigación, desarrollo, educación ambiental y sostenibilidad, para el conocimiento, divulgación, protección y conservación de la naturaleza y el medio ambiente, para lo cual cooperará con los organismos del Estado, entes autonómicos, universidades, ayuntamientos y otras entidades, bien sean estos regionales o  nacionales. Así mismo, se podrán realizar todos los actos lícitos necesarios para la adecuada consecución de sus objetivos, considerando, en todo momento la prioridad de la conservación de nuestro entorno. 

Artículo 6: La Asociación podrá organizar conferencias, simposios, exposiciones, reuniones y toda clase de actividades de educación ambiental y culturales relacionadas con sus fines que favorezcan una estrecha colaboración entre todas aquellas personas relacionadas con el tema.

Artículo 7: La Asociación podrá publicar o patrocinar publicaciones, de carácter periódico o no, de obras y trabajos de índole medioambiental o divulgativa y que siendo previamente seleccionados correspondan a la finalidad de aquella.

Artículo 8: La Asociación podrá concurrir a los concursos que convoquen el Estado o cualquiera de sus organismos, entes autonómicos, universidades, ayuntamientos, o cualquier otro organismo o entidad nacional. De igual forma podrá formalizar contratos para la realización de trabajos de sostenibilidad o de conservación, invirtiendo los fondos o subvenciones obtenidos en la realización de dichos trabajos, pasando el sobrante a engrosar el haber de la Asociación siempre que ello no contradiga las condiciones del concurso o contrato.

Los beneficios obtenidos por la Asociación, derivados del ejercicio de actividades económicas, incluidas las prestaciones de servicios, deberán destinarse, exclusivamente, al cumplimiento de sus fines, sin que quepa en ningún caso su reparto entre los asociados ni entre sus cónyuges o personas que convivan con aquellos con análoga relación de afectividad, ni entre sus parientes, ni su cesión gratuita a personas físicas o jurídicas con interés lucrativo.

CAPITULO III: MIEMBROS, DERECHOS, OBLIGACIONES Y PÉRDIDAS DE SU CONDICIÓN.

Artículo 9: Podrá ser miembro de CAMPIÑA VERDE cualquier persona, física o jurídica, nacional o extranjera, con plena capacidad de obrar sin estar sujeta a ninguna condición legal para el ejercicio del derecho y que reúna los siguientes requisitos:

  • Tener 18 o más años de edad.
  • Hallarse directamente relacionado con los objetivos y finalidades de la Asociación.
  • Comunicar por escrito a la Junta Directiva su deseo de pertenecer a la Asociación acatando plenamente los Estatutos de la misma y sus reglamentos internos.
  • Ser aceptado por la Asamblea General.
Artículo 10: La Asociación estará compuesta por los siguientes tipos de miembros:
  • Miembros Plenarios, que será el caso general. Cuando dos Miembros Plenarios convivan en el mismo domicilio se les podrá considerar Miembros Plenarios Familiares, siempre que así lo soliciten, ostentando los mismos derechos y obligaciones que el resto de los Miembros Plenarios y con derecho a un descuento en su cuota anual que será establecido por la Asamblea General de la Asociación.
  • Miembros de Honor, que serán otorgados por la Junta Directiva, a propuesta de la Asamblea General, a las personas que rindan o hayan rendido servicios señalados a la Asociación o a las personas físicas de extraordinario prestigio ganado en el campo de la investigación y conservación de nuestro entorno natural. Este título confiere a las personas que lo hayan obtenido el derecho a forma parte de la Asociación sin estar obligados a pagar la cotización anual.
  • Miembro Colaborad@r y Voluntari@, que serán aquellas personas físicas vinculadas a la Asociación, a su vez aceptadas por la Junta Directiva, pero a las que no corresponde la consideración de Socio, y por tanto carecen o están exentas de los derechos y obligaciones recogidos en los Artículos 11 y 12 de los presentes Estatutos, respectivamente.

Artículo 11: Todos los miembros gozarán, con carácter general, de los derechos siguientes:

  • Participar en las actividades de la Asociación y ejercer el derecho de voto en la toma de decisiones en el seno de la Asociación, a través de las Asambleas Generales, según lo regulado en los presentes estatutos.
  •  Participar en los órganos de gobierno, pudiendo presentarse como candidatos a cualquier puesto directivo o de otro tipo de la Asociación, que sea elegido democráticamente.
  • Ser informado acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación de la Asociación, de su estado de cuentas y del desarrollo de sus actividades.
  • Beneficiarse de los servicios bibliográficos y restantes actividades que se establezcan en el seno de la Asociación.
  • Impugnar los acuerdos tomados por los órganos de la Asociación cuando considere que no se ajusten en su fondo o forma a los presentes Estatutos o a la ley vigente. Dicha impugnación deberá realizarse ante la Junta Directiva y en un plazo de 30 días naturales a partir de la fecha de notificación de dichos acuerdos.
  • Acceder, a través de los órganos de representación y en los términos establecidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, a toda la documentación referida a la relación actualizada de sus asociados, contabilidad, resultado y situación financiera de la Asociación, inventario de sus bienes y libros de actas de las reuniones y órganos de gobierno.

Artículo 12: Todos los miembros se hallarán sujetos a las siguientes obligaciones:

  • Soportar los gastos de la Asociación y contribuir a su sostenimiento mediante el abono de la cuota que en cada caso se establezca.
  • Observar y cumplir los estatutos de la Asociación, así como los acuerdos de las Asambleas Generales y Juntas Directivas válidamente adoptados, sin hacer uso indebido o no autorizado del nombre o de la imagen de la Asociación.
  • Desempeñar con la mayor diligencia y eficacia posibles los puestos directivos, o de cualquier otro tipo que les correspondan, cuando fueron elegidos para ello.
  • Cooperar activamente para lograr los fines sociales y mantener una conducta inequívoca a favor de la conservación de la naturaleza y el desarrollo sostenible, en virtud a sus posibilidades en cuestión de tiempo o trabajo.
  • Asistir o emitir voto, en su caso, en las asambleas o reuniones que fueran convocadas por la Asociación.
  • Someter a la disciplina social señalada por la Junta Directiva, emanada de la Asamblea General y de los Estatutos.

Artículo 13: El ejercicio de los derechos sociales se entenderá siempre supeditado al previo cumplimiento de la obligación estatuaria de hallarse al corriente en el pago de sus cuotas anuales correspondientes conforme a los plazos establecidos por la Asamblea General, salvo que la misma asamblea establezca prórrogas de carácter social especiales por cuestiones económicas.

Artículo 14: La condición de miembro se perderá:

a) Por voluntad propia, previa comunicación por escrito a la Junta Directiva.

b) Por realizar actividades o adoptar posturas contrarias a los fines de la Asociación estatutariamente definidos.

c) Por no observar los acuerdos válidamente adoptados por la Asamblea General a través de la Junta Directiva.

d) Por incumplir de forma fehaciente, manifiesta y reiterada las obligaciones señaladas en el Artículo 12 de estos Estatutos.

En los casos b), c) y d) el procedimiento de pérdida de la condición de socio se atendrá al procedimiento dispuesto en el Artículo 15 de estos Estatutos.

Artículo 15: La propuesta de expulsión se tramitará de oficio por la Junta Directiva o bien a propuesta de, al menos, 5 socios.

La propuesta de expulsión deberá ser realizada y presentada mediante escrito dirigido a la Presidencia de la Asociación, haciendo constar en ella expresamente y por este orden, la identidad de los denunciantes, los argumentos y motivos que los denunciantes estimen pertinentes para la expulsión, la solicitud explícita de expulsión del denunciado y las firmas de los denunciantes.

En un plazo no superior a 30 días naturales, contados a partir de la fecha en la que la Junta Directiva reciba la propuesta de expulsión, éste órgano la comunicará por escrito al imputado en todos sus términos y le concederá la posibilidad de que pueda aportar los argumentos y evidencias que juzgue oportunas en defensa de las acusaciones que se le imputen. El afectado podrá ejercer este derecho por escrito o por medio de audiencia ante la Junta Directiva en un plazo no superior a 30 días naturales tras la notificación de la propuesta de expulsión. En el caso de que el imputado solicite audiencia ante la Junta Directiva esta le convocará para la misma en un plazo no superior a 30 días naturales.

Realizado este trámite, la Junta Directiva decidirá si procede el sobreseimiento del caso o la expulsión del socio y comunicará por escrito su decisión al afectado, que tendrá derecho a apelar la decisión ante la Asamblea General Ordinaria. La apelación deberá ser notificada formalmente por escrito al Secretario mediante correo postal con acuse de recibo y contenido y en un plazo no superior a 15 días tras la notificación de expulsión de la Junta Directiva. Dicha apelación será incluida en el orden del día de la primera Asamblea General que se celebre, que, en votación secreta, ratificará o no la expulsión.

La expulsión del socio solamente se considerará firme cuando:

  • Transcurrido el plazo de apelación a la decisión de expulsión de la Junta Directiva, el socio no hubiera realizado la correspondiente apelación.
  • Tras haber apelado la decisión de la Junta Directiva, ésta fuera ratificada por la Asamblea Ordinaria.
  • Los socios implicados en un proceso de expulsión conservarán todos sus derechos hasta que ésta sea firme.
Artículo 16: El fallecimiento, la dimisión o la exclusión de un asociado no produce la disolución de la Asociación, que continúa existiendo entre los restantes socios.

CAPITULO IV: ORGANOS DE LA ASOCIACIÓN: DENOMINACIÓN, ESTRUCTURA, FUNCIONES Y COMPETENCIAS

ASAMBLEA GENERAL

Artículo 17: La Asamblea General es el órgano decisorio máximo de la Asociación y estará constituida por todos l@s miembros de ésta, pudiendo ser Ordinaria o Extraordinaria. La Asamblea General Ordinaria se reunirá al menos una vez al año, será convocada mediante circular, con al menos, 30 días naturales de antelación, especificando la fecha, lugar, hora y orden del día de los asuntos a tratar en la citada convocatoria.

La Asamblea General Extraordinaria podrá ser convocada de igual forma y en cualquier momento por considerarlo así preciso la Asamblea General Ordinaria o la Junta Directiva o solicitarlo por escrito el 30% de los miembros de la Asociación.

Artículo 18: Para que la Asamblea quede válidamente constituida es preciso, en primera convocatoria, que se hallen presentes en la misma la mayoría simple de l@s asociad@s. En segunda convocatoria podrá quedar válidamente constituida cualquiera que sea el número de asociad@s presentes.

Los acuerdos de la Asamblea General se realizarán por votación secreta, salvo que todos los socios presentes estén de acuerdo en que no lo sea. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de los miembros presentes. En caso de empate de voto, el voto del Presidente o su delegado tendrá valor doble. Cuando la Asamblea General tenga carácter extraordinario se requerirá el acuerdo de las 3/4 partes de los socios presentes.

Artículo 19: La Asamblea General Ordinaria será competente para tomar todos aquellos acuerdos que por disposición de la ley o de estos Estatutos no sean competencia exclusiva de la Asamblea General Extraordinaria entre otros y no únicamente:

  • Conocer y si procede aprobar la memoria de actividades presentadas por la Junta Directiva.
  • Fijar las cuotas de ingreso y anuales de los miembros dentro de las propuestas por la Junta Directiva.
  • Conocer y si procede aprobar el presupuesto para el ejercicio que comience.
  • Acordar el cambio de domicilio de la Asociación.
  • Aquellas otras que se les asignen en los presentes Estatutos.

Artículo 20: Será competencia de la Asamblea General Extraordinaria:

  • Elegir los miembros de la Junta Directiva, administradores y representantes.
  • Reformar o modificar los Estatutos y aprobar la Reglamentación Interna propuesta por la Junta
  • Directiva.
  • Acordar el cese de la Junta Directiva.
  • Acordar el cambio de domicilio de la Asociación.
  • Solicitar la declaración de utilidad pública.
  • Decidir sobre cualquier tema de carácter “extraordinario” que le sea sometido por la Junta Directiva y aquellas otras que se le asignen en los presentes Estatutos.
  • Acordar la disolución de la entidad.

Artículo 21: De cada una de las asambleas de asociados se levantará acta en la que se recogerán, en resumen, los asuntos tratados y se expondrán los acuerdos tomados. Dicha acta será remitida a los socios y, si se estimara preciso, leída ante la propia asamblea, la cual deberá presentar al inicio de la misma su aprobación, siendo suscrita por el Secretario con el visto bueno del Presidente.

Artículo 22: La Junta Directiva no podrá modificar o revocar los acuerdos válidamente adoptados por las Asambleas Generales de la Asociación y procurará siempre dar cumplimiento a los mencionados acuerdos con diligencia y eficacia, y en los términos establecidos por las Asambleas de la Asociación, salvo en el caso de que por falta de medios humanos o económicos o por causa de fuerza mayor, estos acuerdos sean de difícil o imposible cumplimiento.

Artículo 23: En caso de urgencia o tratándose de asuntos de menor importancia, la Junta Directiva podrá solicitar dentro de un plazo determinado y no inferior a 15 días naturales el voto de todos los miembros de la Asociación con derecho a voto, por correo electrónico; hallándose los resultados y decisiones adoptados mediante este sistema sujetos al mismo carácter vinculante y decisorio que los obtenidos en una Asamblea General Ordinaria.

JUNTA DIRECTIVA O RECTORA

Artículo 24: La Junta Directiva es el órgano ejecutivo, gestor y representante permanente de la Asociación. Las facultades de la Junta se extenderán, con carácter general, a todos los actos propios de las finalidades de la Asociación, siempre que no requieran conforme a los Estatutos, autorización expresa de la Asamblea General.

Artículo 25: La Junta Directiva estará formada, al menos, por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario General, un Tesorero y dos Vocales, todos ellos miembros de la Asociación. En todo caso no podrá estar compuesta por un número de miembros titulares superior a 8.

Artículo 26: Las elecciones a la Junta Directiva se llevarán a cabo mediante presentación libre de candidaturas a los cargos. Para ser miembro de la Junta Directiva será requisito indispensable ser mayor de edad, estar en pleno uso de los derechos civiles y no estar incurso en los motivos de incompatibilidades establecidos en la legislación vigente. El desempeño de los cargos es gratuito y la duración de los mismos será de 4 años.

Artículo 27: Todos los cargos podrán ser elegidos de nuevo y cesarán en los mismos cuando:

  • Finalice el periodo para el que fueron elegidos no habiendo resultados reelegidos.
  • Tras cumplir dos legislaturas consecutivas en el mismo cargo, excepto si no hubiera candidatos a cubrir su vacante en las elecciones correspondientes.
  • Presente por escrito su dimisión al Presidente y la Junta Directiva la acepte.
  • Por moción de censura, a petición de las 3/4 partes de la Asamblea General y aprobada por la mayoría de los miembros presentes de la Junta Directiva.
  • Las vacantes que se produzcan en la Junta Directiva podrán ser cubiertas por designación de los restantes miembros de ésta hasta la próxima Asamblea General Ordinaria.

Artículo 28: Toda convocatoria para la reunión de la Junta Directiva será notificada a la totalidad de los miembros de la misma con 15 días naturales de antelación como mínimo, expresándose la fecha, hora y local de la reunión, así como el orden del día de asuntos a tratar.

Para ser válida la constitución de la misma en primera convocatoria se necesitará que estuvieren presentes los dos tercios de sus miembros. En segunda convocatoria será válida contando al menos con un número de miembros no inferior a cuatro.

Artículo 29: Los acuerdos de la Junta Directiva se tomarán por mayoría de votos presentes y en materia de competencia serán ejecutivos. Para la validez de los acuerdos será imprescindible la mayoría simple de los miembros de la Junta, en caso de empate, el voto del Presidente o su delegado será doble. A las reuniones de la Junta podrán asistir con voz pero sin voto aquellas personas que le Presidente designe, siempre y cuando su presencia sea aprobada, por unanimidad, por el resto de la Junta Directiva.

Artículo 30: Son facultades de la Junta Directiva:

Administrar la Asociación y representar, en términos generales, a la Asociación pudiéndose delegar para el ejercicio de todas o parte de las anteriores facultades en uno o varios de sus miembros o personas ajenas a la Junta, si así se acuerda. Las anteriores facultades son puramente enunciativas y no limitativas, ya que corresponden a la Junta Directiva las máximas; con la sola excepción de aquellas reservadas a la Asamblea General.

  • Llevar las cuentas y formular la memoria y presupuesto a la Asamblea.
  • Llevar a ejecución los acuerdos de la Asamblea, así como ordenar los ingresos y los gastos.
  • Ostentar la representación jurídica de la Asociación ejercitando en nombre de ésta los derechos y
  • acciones que le correspondan, a través del Presidente o Secretario General.
  • Todas aquellas otras que les corresponden o emanen de los presentes Estatutos o de las disposiciones legales vigentes.

Artículo 31: La Presidencia representará a la Asociación en cualquier aspecto jurídico, administrativo, social y ciudadano. Convocará y presidirá la Asamblea General y la Junta Directiva dirigiendo sus debates y en general todas las atribuciones y los poderes que le correspondan según los presentes Estatutos y las disposiciones legales vigentes, estando sus decisiones sujetas a la Junta Directiva.

Artículo 32: La Vicepresidencia sustituirá en sus funciones a la Presidencia, por ausencia o delegación de éste.

Artículo 33: Corresponde a la Secretaría General:

  • Redactar el orden del día y cursar la convocatoria de la Junta Directiva y la Asamblea General.
  • Actuar como tal tanto en las reuniones de la Junta Directiva como de la Asamblea General, levantando acta y expidiendo las certificaciones de las mismas, con el Visto Bueno del Presidente cuando así lo soliciten l@s asociad@s.
  • Redactar la Memoria Anual de la Asociación y presentarla ante la Asamblea General previa aceptación de la Junta Directiva.
  • Se ocupará de la correspondencia dirigida a la Asociación en todos aquellos casos en que no
  • correspondan hacerlo a otro miembro de la Junta Directiva.
  • En general, cualquier actividad de su cargo o aquellas que le sean expresamente delegadas por otros miembros de la Junta Directiva o de la Asamblea General.
Artículo 34: Si lo hubiera, el Vicesecretario o secretario adjunto colaborará con el Secretario en todas las obligaciones del mismo y ejercerá las funciones de Secretario General en su ausencia o por delegación de éste.

Artículo 35: El Tesorero, llevará los libros de cuentas de la Asociación y en general la gestión económica de la misma y que la Junta Rectora designe, custodiando sus fondos y bienes sociales, y percibiendo en nombre de la Asociación todos los ingresos conceptuados en el Artículo 39 de los presentes Estatutos. Así mismo, realizará los pagos que ordene el Presidente o el Secretario siempre que no sean superiores al 25% del presupuesto anual.

Confeccionará los inventarios, presupuestos y balances y presentará una Memoria de su actuación que someterá a la aprobación de la Asamblea General.

Artículo 36: Los Vocales colaborarán con los demás miembros de la Junta Directiva en las tareas necesarias para el mejor funcionamiento de la Asociación obteniendo poderes por acuerdo de la propia Junta Directiva.

Artículo 37: En la Asociación existirán Comisiones, grupos de trabajo y los órganos y puestos que la Asamblea General, a propuesta de la Junta Directiva, determine, sin perjuicio de las limitaciones que al respecto determine este artículo. Dichos órganos, podrán ostentar la representación de la Asociación en temas de su competencia por delegación de la Junta Directiva, cuando ésta lo estime conveniente, y su composición y funciones estarán reguladas a través de una normativa que será aprobada en Asamblea General Ordinaria.

La Junta Directiva podrá requerir a los miembros de estos órganos, cualquier información sobre sus actividades, criterios y decisiones que hayan adoptado, en relación con el ejercicio de sus cargos.

CAPITULO V: PATRIMONIOS Y RECURSOS. PRESUPUESTO ANUAL.

Artículo 38: La Asociación carece de patrimonio fundacional.

Artículo 39: La Asociación contará como recursos económicos con los ingresos derivados de los siguientes conceptos:

a. Cotizaciones entregadas por los miembros.

b. Subvenciones, donaciones o legados que legalmente reciba.

c. Importes comprendidos entre el 5% y el 10% del importe total de la suscripción de concursos públicos o de la realización de trabajos de divulgación.

d. Beneficios de las publicaciones de la Asociación.

e. Los que se perciban por otros conceptos y de cualquier otro recurso autorizado por la ley.

Artículo 40: La fecha de cierre del ejercicio económico será la del año natural, 31 de diciembre, esta misma fecha regirá para el resto de las actividades administrativas y documentales de la Asociación.

Artículo 41: El presupuesto anual de ingresos se constituye con apoyo en los ingresos derivados de los conceptos señalados en el Artículo 39, en tanto que el presupuesto anual de gastos no deberá superar, en ningún caso, el total de los ingresos.

Artículo 42: Deberá ser constituido un fondo de reserva, en el cual será ingresado cada año la tercera parte del excedente de los ingresos sobre los gastos anuales. Este fondo será destinado a la realización de trabajos de investigación, adquisición de material y bibliografía, así como de otros conceptos que acuerde la Junta Directiva.

Artículo 43: Únicamente el activo de la Asociación responderá de los compromisos contraídos en su nombre, sin que ninguno de los miembros o de los administradores pueda ser responsable de dichos compromisos.

CAPITULO VI: DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN

Artículo 44: La Asociación podrá disolverse por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria convocada expresamente al efecto. Para que dicho acuerdo sea válido requerirá, como mínimo, la aprobación plena del 80% de todos los miembros de la Asociación.

Artículo 45: Una vez acordada la disolución, la propia Asamblea General Extraordinaria en que se adopte tal decisión designará una Comisión Liquidadora constituida, al menos por tres miembros, uno de los cuales deberá pertenecer a la Junta Directiva.

Esta Comisión se encargará de extinguir las cargas sociales, si las hubiere, enajenando al efecto los bienes necesarios y cediendo el patrimonio social remanente a las entidades públicas o privadas, sin ánimo de lucro, más afines a la finalidad social de la Asociación o con el destino científico, de conservación o beneficio que acuerde la Asamblea.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Para la renovación de los presentes Estatutos será preceptiva la convocatoria de Asamblea General Extraordinaria, que será convocada por la Junta Directiva con al menos 15 días naturales de antelación, e informando mediante circular a los asociados de los cambios que se prevean introducir. La decisión de la modificación deberá ser refrendada por al menos tres cuartas partes de los votos presentes o válidamente representados.

La Junta Directiva dará cuenta, por medio del órgano informativo de la Asociación, de los cambios que fueran introducidos y actuará de árbitro en las disputas a que diera lugar cualquier ambigüedad o situación no recogida en los presentes Estatutos. Cualquier aspecto no considerado en los Estatutos de la Asociación se regirán de acuerdo con lo señalado al efecto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Los presentes Estatutos entrarán en vigor provisionalmente desde el momento de su aprobación por la Asamblea General Extraordinaria y formalmente, tras ser aceptados en el Registro de Asociaciones correspondiente.

El Presidente: 

El Secretario:

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