lunes, 19 de julio de 2021

MODIFICAR LA LEY DE VÍAS PECUARIAS PARA FACILITAR SU DESAPARICIÓN

Las organizaciones ecologistas vaticinan que la modificación de la Ley de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha supondrá su desmantelamiento legal y desaparición definitiva

Ecologistas en Acción y el Grupo Local WWF España en Guadalajara presentan alegaciones y aportaciones en el proceso de participación pública de la modificación del articulado de la Ley 9/2003

Guadalajara, 15 de julio de 2021.- Ecologistas en Acción y el Grupo Local WWF España en Guadalajara han presentado alegaciones a la modificación, por parte de la Junta de Castilla-La Mancha, del articulado de la Ley 9/2003 de Vías Pecuarias, en las que expresan su temor de que las nuevas disposiciones, más que proteger este patrimonio, "da pie a una irreversibilidad funcional que conllevará, vaticinamos, el desmantelamiento legal y su desaparición definitiva".

 En opinión de las organizaciones ecologistas, la propuesta de la Junta "ayuda a la desvirtualización de la funcionalidad del tránsito ganadero sobre las vías pecuarias", de forma que "le quita su alma o esencia ganadera". Añade que el nuevo texto "trata a las vías pecuarias como a una simple unidad de superficie disponible para el mercadeo público (municipal) o privado". 

Lamentan asimismo que la Ley no establezca una planificación, dotada con sus correspondientes fondos, para la clasificación de la totalidad de las vías pecuarias. En este sentido, también deploran que desde la Junta de Castilla – La Mancha se renuncie a recuperar la funcionalidad perdida de las vías pecuarias que han sido usurpadas e ilegalmente ocupadas. 

Además, las alegaciones y aportaciones presentadas están en consonancia con las directrices de la Ley de Patrimonio Natural y de Biodiversidad y la Estrategia Estatal de Infraestructura Verde, que consideran que las vías pecuarias son corredores que cumplen una función ecológica que transciende con mucho a la irrenunciable función de tránsito ganadero. 

El Grupo Local de WWF y Ecologistas en Acción destacan que el articulado propuesto permite la intensificación del tráfico rodado, abre la posibilidad de que se asfalten y hormigonen caminos y es laxo con la obligatoriedad de respetar el trazado y la anchura original de las vías pecuarias. 

Puedes ver la noticia completa en:

https://ecologistasenaccion-guadalajara.blogspot.com/2021/07/las-organizaciones-ecologistas.html

 Por nuestra parte eso explicaría la falta de acción en la defensa del cauce del arroyo de la galga y la vía pecuaria en Mesones (El Casar) por parte de la delegación de Medioambiente y la tristemente cómplice Confederación Hidrográfica del Tajo, que desde hace años MIENTE, DESINFORMA y se pone de rodillas ante el poder económico.

ACEPTAR UN VALLADO CON EL ARGUMENTO DE LA EXISTENCIA DE UNA PUERTA (QUE NADIE HA VISTO) Y QUE EN EL MEJOR DE LOS CASOS ESTÁ SIN SERVICIO POR LA ACUMULACIÓN DE VEGETACIÓN Y FALTA DE MANTENIMIENTO DE LA VÍA PECUARIA, SÓLO PARECE UN EJERCICIO DE CRUELDAD HACIA EL MEDIO QUE NOS RODEA.


La vía, a su paso por la actual depuradora se mantiene gracias al desgaste natural producido por los vehículos a motor que se desplazan a la misma


Según se aleja de la entrada de la depuradora, las huellas desaparecen y el rastro de la vía también.

hasta llegar a la muralla que la falta de mantenimiento bloquea el paso por la vía.

Hasta llegar, con mucha dificultad hasta el vallado que corta la vía pecuaria y el cauce. La CHT dice que autorizó el vallado por la existencia de una puerta que, O NO EXISTE MÁS QUE EN SUS DELIRANTES CABEZAS o ESTÁ OCULTA POR LA MALEZA DEL EXTERIOR DE LA FINCA QUE CIRCUNVALA EL ALAMBRE.

Incluso, en una parte del vallado, aparece una señal de que están grabando. hay que recordar que la grabación de imagenes, video o foto en la calle está regulada  por la Ley de Protección de Datos. la Ley de Videovigilancia y Grabación de vídeo o fotos. 

¿Se puede tomar o grabar imágenes de vídeo o fotos en la vía pública a otras personas sin su consentimiento?.  ¿Que es la ley de protección de datos?. ¿y la Ley de videovigilancia?. ¿Hay alguna Ley que prohíba captar imágenes a otras personas en la vía pública sin consentimiento de estas?.

La Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Caracter Personal, en su Artículo 6, punto 1, dice textualmente “El tratamiento de los datos de carácter personal requerirá el consentimiento inequívoco del afectado, salvo que la ley disponga otra cosa”.

Las imágenes se consideran un dato de carácter personal,en virtud de lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999 y el artículo 1.4 del Real Decreto 1322/1994 de 20 de junio, que considera como dato de carácter personal la información gráfica o fotográfica. Por otro lado, la Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la Agencia Española de Protección de Datos, regula las instalaciones de sistemas de cámaras y videocámaras con fines de vigilancia. Sistemas que se han ido incrementando en los últimos años generando la necesidad de adecuar la videovigilancia a las exigencias del derecho fundamental a la protección de datos.

Entre otras cosas, esta Instrucción dice que el uso de cámaras o videocámaras no debe suponer el medio inicial para llevar a cabo funciones de vigilancia por lo que, desde un punto de vista objetivo, la utilización de estos sistemas debe ser proporcional al fin perseguido, que en todo caso deberá ser legítimo. Además, el Art. 4 en su punto 3 dice “Las cámaras y videocámaras instaladas en espacios privados no podrán obtener imágenes de espacios públicos. 

También existe la Ley de Videovigilancia o Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos.

CONCLUSION.Ningún particular puede tomar imágenes o grabaciones de otras personas, sin consentimiento de éstas en la vía pública.Para hacerlo en un recinto privado de uso publico, como por ejemplo una tienda o cualquier empresa, tendrá que ceñirse a lo que indica la Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la Agencia Española de Protección de Datos, colocando carteles informativos y destruyendo dichas imágenes en los plazos establecidos, entre otras normas.




La foto siguientes muestra el único lugar donde podría estar la puerta a la que alude la CHT para autorizar el vallado del cauce del arroyo de la Galga y de la Vía Pecuaria que rodea la finca.

Puerta que nosotr@s ponemos en duda su existencia y que, incluso de estar ahí, solo sirve de coartada a la propiedad y a la misma confederación para maquillar su irresponsabilidad, su falta de rigor, su sumisión al poder económico frente al servicio público y el bien común y con la duda de si son beneficiarios necesarios de la ilegalidad de cortar un cauce y una vía pecuaria.
 

El vallado y la falta de atención y mantenimiento de la vía pecuaria, que impide su uso por rebaños de ovejas, están usurpando el camino público y dificultando sobremanera el acceso con advertencias de peligros por grabaciones, a pesar de encontrarse debidamente señalizado el trazado con las correspondientes rayas blancas y rojas paralelas que caracterizan este tipo de rutas de largo recorrido.

Sobre el terreno, a pesar de lo que la CHT y la Consejería de Medioambiente de la Junta suelen decir en sus resoluciones, las personas participantes en estas actuaciones informativas reclamamos la liberación para el uso público de vías pecuarias y caminos usurpados.

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